4.000 € de indemnización por accidente de tráfico en Torremolinos

Resumen del caso

  • Motivo: Reclamación por accidente de tráfico en Torremolinos
  • Fecha: 10/07/2025
  • Importe conseguido: 4.000,00 €
  • Nº de perjudicados: 1
  • Reclamación contra: FIATC Seguros
  • Daños reclamados:
    • Cervicalgia
    • Latigazo cervical
  • Resolución: Judicial
  • Juzgado: Juzgado de Primera Instancia nº4 de Torremolinos
  • Coste: Incluido en la cobertura de defensa jurídica de la póliza de seguro hasta el límite establecido

Mi clienta, una mujer de 36 años, sufrió un accidente de tráfico el 26 de junio de 2023 en Torremolinos. Tras la colisión, que fue por alcance, mi clienta no se encontraba bien y acudió al Servicio de Urgencias de Atención Primaria del Centro de Salud de Torremolinos San Miguel.

En la exploración realizada presentaba un dolor en la inserción del trapecio en la región occipital. Por ello, le diagnosticaron de latigazo cervical y le pautaron un tratamiento médico, que además de analgésicos y miorrelajantes, incluyó 40 sesiones de rehabilitación realizadas en una clínica concertada. No se acogió a la baja laboral.

Como consecuencia de este siniestro y las lesiones temporales producidas, presentamos una reclamación previa contra FIATC Seguros (aseguradora del otro vehículo implicado) solicitando una indemnización.

FIATC Seguros no ve relación entre la intensidad del accidente y el cuadro clínico presentado

Después de analizar nuestra documentación y reclamación, FIATC Seguros nos trasladó una respuesta motivada. Bajo su punto de vista no se cumplía el nexo de causalidad entre el cuadro de lesiones presentado por la lesionada y la intensidad del accidente.

Para defender su postura, presentaron un informe de biomecánica donde analizaban los detalles del accidente, profundizando en las características de los vehículos implicados y en las consecuencias que el impacto tuvo en ellos. Con todo este estudio pretendían demostrar que el contacto se produjo a una velocidad de impacto mínima, situado muy por debajo del umbral que los estudios biomecánicos establecen para la aparición de lesiones en los ocupantes.

Después de recibir su respuesta, no compartía su análisis del siniestro y decidí reiterar la reclamación, quedando a la espera de una solución en sede judicial.

4.000 euros de indemnización

Después de mantener varias conversaciones conseguimos acercar posturas con la aseguradora contraria, que accedió a poner punto y final al procedimiento pagando en sede judicial a mi clienta 4.000 euros de indemnización.

Para calcular el importe a indemnizar tuvieron en cuenta:

De esta manera, y gracias a mi experiencia en este tipo de procedimientos, conseguimos un resultado favorable para mi clienta después del siniestro vivido.

AUTO N.o 546/2025

Juez: D. XXXXXXXXXXX

En Torremolinos, a diez de julio de dos mil veinticinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En el presente proceso promovido por el procurador XXXXXXXXXXX en representación de XXXXXXXXXXX, frente a FIATC MUTUA DE SEGUROS GENERALES, ejercitando la pretensión de reclamación de cantidad, se ha presentado por las partes, para su homologación, escrito de transacción judicial, en los siguientes términos FIATC SEGUROS, se compromete a abonar a XXXXXXXXXXX la cantidad de 4.000 € que ingresará en la cuenta bancaria designada por la parte actora a la mayor brevedad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Dispone el artículo 19.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), que los litigantes están facultados para disponer del objeto del juicio, excepto cuando la ley lo prohíba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero.

Añade el apartado siguiente que si las partes pretendieran, como en este caso, una transacción judicial y el acuerdo fuera conforme con lo anteriormente previsto, será homologado por el tribunal que esté conociendo del litigio al que se pretenda poner fin.

Segundo.- En el presente caso, de los elementos obrantes en los autos, no se desprende que el acuerdo adoptado por las partes esté prohibido por la ley, ni desconozca ninguna de las limitaciones a las que hace referencia el precepto antes citado, por lo que procede la homologación de la transacción, declarando finalizado el proceso.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se homologa la transacción judicial acordada entre la parte demandante XXXXXXXXXXX y la parte demandada FIATC MUTUA DE SEGUROS GENERALES, en los términos expuestos en los antecedentes de esta resolución.

2.- Se declara finalizado el presente proceso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN que se interpondrá por medio de escrito ante la Audiencia Provincial de MÁLAGA, ], en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones . La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.a de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma S. S. Doy fe.

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    Juan Torroba Díaz, ha recibido una subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, financiada por la Unión Europea con cargo al Programa FSE+ Andalucía 2021-2027, enmarcada en el Programa Emplea-T, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.

    subvención de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía
    Juan Torroba

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