Siniestro con versiones contradictorias: ¿qué ocurre si no hay acuerdo sobre el accidente?

Siniestro con versiones contradictorias

Uno de los posibles escenarios que pueden darse después de un accidente es que cada parte tenga una versión distinta de lo que ha sucedido, y de hecho esto es algo que ocurre con frecuencia. Por esta razón, en este artículo vamos a tratar qué ocurre si no existe acuerdo acerca de un accidente.

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El otro conductor no firma el parte amistoso, ¿qué se puede hacer?

En primer lugar hay que saber que si el conductor que ha causado el accidente se niega a firmar el parte amistoso de accidente, hay que llamar a la policía lo antes posible para que haga un atestado recogiendo todos los datos posibles del siniestro.

También es fundamental recoger tantas pruebas como sea posible, haciendo fotografías del coche del otro conductor (que se vea su matrícula), del coche propio y de la zona, grabando vídeos, pidiendo a los testigos sus datos, etc.

Todo lo que sirva para acreditar cómo se ha producido el siniestro resulta de vital importancia en estos casos.

¿Qué sucede si no hay acuerdo sobre el accidente?

Es habitual que las compañías aseguradoras estén adscritas a ciertos convenios que facilitan las cosas en casos como estos, como el CIDE o el ASCIDE. De este modo, se seguirán las directrices que marquen estos convenios, lo que posibilita agilizar todo el proceso para que la víctima del accidente pueda recibir una indemnización.

Se tendrá en cuenta sobre todo el atestado que haya realizado la policía, pero también las pruebas gráficas de las que se disponga, entre otras. No obstante, puede darse el caso de que la compañía contraria no reconozca la responsabilidad de su cliente en el accidente, y finalmente sea necesario acudir a juicio.

En caso de que no exista un convenio que hayan firmado ambas compañías, los trámites pueden ser más lentos y complejos. Sin embargo, sigue siendo fundamental contar con un atestado policial, ya que esta es la prueba más importante en estos casos.

Y por supuesto, también en este caso se puede llegar a ir a juicio, siendo el juez quien tenga que resolver. En cuyo caso, una vez más, el atestado de la policía resulta sumamente importante.

¿Qué ocurre si hay daños personales?

El artículo 1.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor dispone lo siguiente:

El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.

En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos a la culpa exclusiva del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.

(...)

Artículo 1.1 de la LRCSCVM

Por lo cual, aunque haya versiones contradictorias, pueden darse distintas situaciones en función de si se puede determinar o no la culpabilidad:

¿El culpable del accidente puede cambiar de versión?

En efecto, también puede darse el caso de que una persona reconozca primero su culpa en un accidente, y después niegue su responsabilidad.

En estos casos, lo normal es que la persona reconozca su culpa solo de palabra, y quede con la otra parte en firmar el parte amistoso en otro momento con más tranquilidad, pero luego no lo haga. Por ello, a pesar de que después de tener un accidente ambas partes están nerviosas, el mejor momento para firmar el parte amistoso es justo después de producirse el siniestro.

De este modo, si después la parte contraria se arrepiente de haber reconocido su culpa, la víctima tendrá una prueba de que el accidente ha sido culpa de aquella. Porque como es lógico, nadie firma un parte de accidente si no está seguro de que ha sido responsable.

En caso de darse cuenta de que no se lleva el parte amistoso de accidente en el coche, siempre se puede preguntar a otros conductores si tienen uno que pueden facilitar.

Juan Torroba Díaz
Juan Torroba Díaz

Soy abogado y desde el año 2006 me he especializado en el ámbito de la responsabilidad civil derivada de accidente de tráfico y los seguros. Tengo un Máster en Responsabilidad Civil y Seguro con nota sobresaliente.

Formo parte de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes.

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