Los primeros pasos cuando se tiene un accidente de tráfico son los mismos en España y en cualquier país: comprobar si hay víctimas, socorrerlas en su caso y proteger la zona aplicando la llamada conducta PAS. La cuestión es, una vez que pasan esos primeros momentos, ¿cómo se reclama en estos casos? Te lo explicamos.
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Contacta conmigo¿Cómo se reclama un accidente en el extranjero?
Si el accidente ha tenido lugar en un país de la Unión Europea, el primer paso es intentar rellenar el parte europeo de accidente o parte amistoso de accidente. En este sentido, no hay diferencia respecto a si el accidente se hubiera producido en España.
Si se trata de un país fuera de la Unión Europea, también es recomendable rellenar un parte amistoso ya que cualquier documento que indique lo sucedido en el accidente servirá para reclamar.
Con respecto a la reclamación, esta se puede hacer igual que si el accidente hubiera sido en España. Es decir, primero se pondrán en conocimiento de la compañía aseguradora contratada los hechos, para que esta inicie los trámites para reclamar. Y en caso de que estas acciones no surtan efecto, se podrá reclamar judicialmente.
¿En qué casos interviene Ofesauto?
Si se reclama un accidente ocurrido en el extranjero a la compañía contraria y esta no responde en un plazo de 3 meses, antes de ir a juicio, se puede acudir a Ofesauto, que es la Oficina Española de Aseguradora de Automóviles.
Se trata de una asociación formada por todas las entidades aseguradoras autorizadas para trabajar en España el ramo del Seguro de Automóvil y el Consorcio de Compensación de Seguros, donde se puede reclamar nuevamente antes de hacerlo ante la justicia.
De hecho, lo habitual es informarse primero en Ofesauto del representante en España de la aseguradora extranjera y reclamarle a éste, según lo establecen los artículos 21 y 23 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM).
1. El perjudicado con residencia en España, en los supuestos previstos en el artículo 20.1, podrá dirigirse directamente a la entidad aseguradora del vehículo causante del accidente o al representante en España para la tramitación y liquidación de siniestros por esta designado.
(...)
Asimismo, el Consorcio de Compensación de Seguros también tiene funciones de información y de indemnización en estos casos (artículos 24 y siguientes de la LRCSCVM).
1. El Consorcio de Compensación de Seguros actuará como organismo de información, en los supuestos previstos en el artículo 20.1, para suministrar al perjudicado la información necesaria para que pueda reclamar a la entidad aseguradora o a su representante para la tramitación y liquidación de siniestros. (...)
¿Qué ocurre cuando no se identifica al vehículo contrario en un accidente en el extranjero?
En este tipo de situaciones se aplica el Convenio Multilateral de Garantía, del que son firmantes 23 países.
Igualmente, Ofesauto atenderá a las personas perjudicadas por el accidente. Por norma general, en estos casos en la práctica se reclama a la representante de la aseguradora.