La declaración amistosa de accidente (o DAA), también conocida como parte amistoso, es un documento que se facilita para reflejar los datos y circunstancias en que ha tenido lugar un accidente de tráfico.
En 1988 se aprueba en España el denominado Convenio de Indemnización Directa (CIDE). Desde ese momento, los seguros comienzan a acompañar la póliza contratada con un formulario que, debidamente rellenado, puede resultar muy esclarecedor para comprender cómo ocurrió el siniestro y quién es responsable del mismo.
Este formulario, hoy conocido como declaración amistosa, permite una visión global del accidente. Se trata de una hoja estructurada con espacios suficientes como para identificar de manera clara toda la información relevante del siniestro, como la identidad de los conductores implicados, marca y modelos de los vehículos accidentados y las circunstancias en que se vio envuelto el accidente.
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Contacta conmigoEl documento es especialmente intuitivo a la hora de cumplimentarlo. Todos los datos que se deben expresar (desde la fecha del accidente hasta posibles observaciones) vienen indicados y, además, reserva un espacio para contar de manera visual cómo tuvo lugar el siniestro.
La declaración amistosa de accidente es un modelo universal, lo que permite a las aseguradoras agilizar la tramitación de los asuntos entre ellas, ya que todas utilizan el mismo documento oficial y homologado y facilita a los particulares cumplimentar debidamente todos los datos con independencia del seguro que tengan contratado.
¿Para qué sirve la declaración amistosa?
Como su propio nombre indica, esta declaración es amistosa, de modo que se creó con el objetivo de determinar conjuntamente por los accidentados la ocurrencia del siniestro y sobre quién recae la responsabilidad del mismo.
Es decir, para que tanto el conductor responsable como el conductor perjudicado determinen de mutuo en qué circunstancias se produjo el siniestro.
Firmar el parte amistoso supone la aceptación de su contenido y la confirmación de lo expresado en él, así pues, no hay obligación de firmarlo. Es más, en caso de desacuerdo con lo expresado en él, lo recomendable es no firmarlo y llamar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, lo que dentro de poblado se traducirá en la comparecencia de la Policía Local y, fuera de él, de la Guardia Civil.
En ambos casos, los agentes que atiendan el siniestro, elaborarán el correspondiente informe donde expresarán su criterio a la luz de las versiones de ambos conductores y demás elementos que puedan concurrir. Hay que tener en cuenta que este atestado gozará de presunción de veracidad y otorgará fuerza probatoria en un futuro procedimiento.
En caso de acuerdo sobre la ocurrencia del siniestro y la responsabilidad del mismo, rellenar y firmar el parte amistoso, permitirá una comprensión adecuada y una ágil tramitación del asunto, de manera que resultará beneficioso para los intereses de los implicados y perjudicados.
¿Cómo rellenar un parte amistoso?
El documento consta de dos hojas en las que se comprenden 25 puntos distintos a rellenar. Cada apartado incluye un espacio en blanco para indicar los datos o las circunstancias que se piden. Así pues, se debe ir rellenando lo que requiera cada hueco en función de lo que se quiera expresar en él.
Especialmente útil resulta el apartado 13, que es el croquis relativo al momento de la colisión. Lo aconsejable es que este último punto refleje de la forma más detallada posible las circunstancias del accidente: zona de impacto de ambos vehículos, vía pública, carriles, señales viales…
Los puntos que se contemplan en la declaración amistosa están relacionados con todos los aspectos del accidente para poder generar una visión completa del mismo con una mera ojeada.
Desde la fecha y hora del accidente, así como su localización, hasta si existen daños personales o materiales e, incluso, si hay testigos que puedan ayudar a esclarecer lo sucedido, pasando por los datos relativos a los vehículos y sus compañías aseguradoras.
También hay puntos referidos a las circunstancias del accidente, como si el vehículo estaba parado o en movimiento, si se incorporaba o salía de la calzada, si giraba a la derecha, izquierda o continuaba recto, si iban en el mismo carril y en el mismo sentido u otro, si estaba adelantando… En esta ocasión, bastará con marcar las casillas que reflejen estos extremos, pudiendo señalar a la vez todas las que se consideren oportunas y concurrentes.
Si bien cada apartado es concreto y conciso y en su conjunto todos permiten una visión global del accidente, igualmente se acompaña un punto para redactar una descripción amplia del mismo y otro para indicar todas las observaciones complementarias que puedan resultar relevantes a su comprensión.
Una vez rellenados todos los espacios habilitados, deberán ser firmadas las dos hojas y ya estaría entera y debidamente cumplimentada.
¿Qué hacer con el parte amistoso una vez se haya rellenado?
Las hojas de la declaración amistosa de accidente son autocalcables, de manera que una vez cumplimentada, directamente habrá también rellena y firmada otra igual y cada conductor se quedará una copia.
Nada importa quién se quede con la copia y quién con la original. Importante es que tanto la original como su copia sean exactamente iguales; que no haya añadidos posteriores en alguna de ellas.
Legalmente, el asegurado tiene la obligación de dar parte a su aseguradora en el plazo de 7 días desde la ocurrencia del siniestro. Desde ese momento, serán las compañías aseguradoras implicadas quienes pongan a funcionar su maquinaria de tramitación para hacerse cargo de los daños ocasionados.
El consejo de un profesional
El consejo de cuantos profesionales del sector conocemos es acudir a un abogado especialista desde el primer momento. Solo así puede garantizarse una correcta tramitación que vele correctamente por los intereses del perjudicado, gran desconocedor del funcionamiento de todo un sistema que está diseñado para garantizarle la completa reparación del daño sufrido.
Por experiencia, sabemos que en las llamadas entre los perjudicados y sus entidades aseguradoras, en muy pocas ocasiones se les informa de aspectos básicos tales como la correcta cumplimentación del documento de cobros a terceros (las asistencias urgentes derivadas de accidentes de tráfico no están cubiertas por el sistema público sanitario) o la posibilidad de recibir tratamiento privado de forma gratuita para el lesionado (con cargo a las compañías de seguro), así como tampoco de los plazos que operan en estos casos.