Cuando se produce un accidente de tráfico, la aseguradora del vehículo responsable es quien normalmente debe hacerse cargo de indemnizar a los perjudicados. Sin embargo, existen casos en los que entra en juego el llamado derecho de repetición o acción de repetición, por el que las aseguradoras tienen derecho a recuperar ese desembolso.
En este artículo explico en qué consiste esta figura, cuándo se aplica y qué consecuencias tiene para el asegurado.
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Contacta conmigo¿Qué es el derecho de repetición?
El derecho de repetición es la posibilidad que tiene una compañía aseguradora de reclamar al asegurado, el tomador del seguro, el conductor, el propietario del vehículo o un tercero responsable el reembolso de una indemnización que ha tenido que abonar a un perjudicado. Esto ocurre cuando se dan ciertas circunstancias que, por ley o por lo pactado en el contrato de seguro, excluyen total o parcialmente la cobertura del siniestro.
Es decir, aunque la aseguradora está obligada a indemnizar a la víctima para garantizar su protección, puede recuperar ese dinero si el siniestro se produjo en condiciones que no están cubiertas por el seguro.
¿Qué dice la ley sobre esta figura?
El derecho de repetición está reconocido legalmente en el artículo 10 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM) y en el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro.
El asegurador o, en su caso, el Consorcio de Compensación de Seguros, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir:
a) Contra el conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado, si el daño causado fuera debido a la conducta dolosa de cualquiera de ellos o a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
b) Contra el tercero responsable de los daños.
c) Contra el tomador del seguro o asegurado, por las causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y, conforme a lo previsto en el contrato, en el caso de conducción del vehículo por quien carezca del permiso de conducir.
d) En cualquier otro supuesto en que también pudiera proceder tal repetición con arreglo a las leyes.
La acción de repetición del asegurador prescribe por el transcurso del plazo de un año, contado a partir de la fecha en que hizo el pago al perjudicado.
¿En qué casos se puede ejercer el derecho de repetición?
La aseguradora o, en su caso, el Consorcio de Compensación de Seguros, podrá reclamar el reembolso de la indemnización abonada al perjudicado en los siguientes casos:
- Contra el conductor, el propietario del vehículo y el asegurado, si el daño se ha producido por:
- Conducta dolosa de cualquiera de ellos.
- Conducción bajo los efectos del alcohol o drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
- Contra un tercero, si este ha sido el verdadero responsable de los daños.
- Contra el tomador del seguro o asegurado, en dos situaciones:
- Cuando se den las causas previstas en la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980), como por ejemplo, la agravación del riesgo durante la vigencia del contrato no comunicada de buena fe o el incumplimiento del deber de salvamento (es decir, cuando no se han aminorado las consecuencias del siniestro en la medida de lo posible).
- Cuando el conductor del vehículo carezca de permiso de conducir, siempre que así se haya pactado en el contrato.
- En cualquier otro supuesto en que la repetición esté legalmente permitida.
Algunos de los casos más habituales en los que se ejerce el derecho de repetición, aunque no los únicos, son la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, la conducción sin permiso de conductor o con el permiso retirado o el incumplimiento del deber de declaración del riesgo al contratar el seguro.
¿Qué plazo tiene la aseguradora para ejercer la acción de repetición?
La aseguradora dispone de 1 año desde el pago de la indemnización para reclamar el reembolso a las personas responsables, bien sean el conductor, el asegurado, el tomador o un tercero implicado.
¿Es lo mismo que una subrogación?
No, no es lo mismo. La subrogación se da cuando la aseguradora, tras indemnizar al asegurado, se coloca en su lugar para reclamar a un tercero responsable del daño.
En cambio, la repetición es una reclamación que realiza la aseguradora directamente contra su propio asegurado o el conductor del vehículo, cuando estos han actuado vulnerando el contrato o la ley.
¿Por qué es importante el derecho de repetición?
La acción de repetición permite mantener el equilibrio del sistema de seguros. Por un lado, garantiza que las víctimas de accidentes estén protegidas. Por otro, evita que las compañías se vean obligadas a cubrir riesgos que estaban excluidos o que derivan de conductas ilegales o gravemente imprudentes.
Así pues, si tienes un seguro, es fundamental que cumplas con las condiciones pactadas en la póliza y con la normativa de tráfico. De lo contrario, podrías verte en la situación de tener que devolver a la aseguradora el importe de una indemnización que haya tenido que pagar por tu culpa.
En caso de duda, lo más recomendable es consultar con un abogado especializado para conocer exactamente qué supuestos están cubiertos y cuáles podrían dar lugar a una acción de repetición.


