El adelanto de indemnización en accidentes de tráfico

Adelanto de indemnización en accidentes de tráfico

En caso de haber sufrido un accidente de tráfico, existe la posibilidad de solicitar un adelanto o anticipo de la indemnización. Esta opción está contemplada en el artículo 7.4.a) de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

4. En el supuesto de que el asegurador no realice una oferta motivada de indemnización, deberá dar una respuesta motivada ajustada a los siguientes requisitos:

a) Dará contestación suficiente a la reclamación formulada, con indicación del motivo que impide efectuar la oferta de indemnización, bien sea porque no esté determinada la responsabilidad, bien porque no se haya podido cuantificar el daño o bien porque existe alguna otra causa que justifique el rechazo de la reclamación, que deberá ser especificada.

Cuando dicho motivo sea la dilatación en el tiempo del proceso de curación del perjudicado y no fuera posible determinar el alcance total de las secuelas padecidas a causa del accidente o porque, por cualquier motivo, no se pudiera cuantificar plenamente el daño, la respuesta motivada deberá incluir:

1.º La referencia a los pagos a cuenta o pagos parciales anticipados a cuenta de la indemnización resultante final, atendiendo a la naturaleza y entidad de los daños.

(...)

Artículo 7.4.a) de la LRCSCVM

¿En qué casos se puede adelantar la indemnización por accidente de tráfico?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que se podrá solicitar un anticipo de la indemnización si no hay duda alguna de quién ha sido el responsable del accidente. Es decir, la aseguradora tiene que haber aceptado la reclamación.

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Otro presupuesto de base es que la compañía no haya podido hacer una oferta motivada. Cuando se da esta circunstancia, o una parecida, la aseguradora tiene que enviar un escrito motivado al reclamante, explicando por qué no puede hacer la oferta motivada y ofreciendo el adelanto de la indemnización. En caso contrario, podría tener que pagar intereses de demora (hasta el segundo año, el 50% anual de interés, y el 20% después).

Por otra parte, para justificar la necesidad de pagar un anticipo, debe tratarse de lesiones graves y que se prevé que se van a mantener un cierto tiempo (por ejemplo, más de 6 meses).

Consejos para aceptar el adelanto de indemnización

A la hora de aceptar el adelanto de la indemnización, es fundamental que quede claro que el pago que está realizando la compañía es por dicho concepto, de forma que la víctima no renuncia a reclamar el importe restante.

¿Se debe aceptar el pago por anticipado?

Depende del caso. Hay que tener presente que, en multitud de ocasiones, las compañías intentan ofrecer el mínimo de indemnización posible. Por ello, si esto ocurre, lo ideal sería contar con un especialista que analice la documentación y negocie con la aseguradora con el objetivo de elevar la suma del anticipo agotando el trámite extrajudicial previo.

En caso de lesiones leves, ¿se puede obtener un adelanto de la indemnización?

No es lo frecuente, ya que en supuestos de este tipo, normalmente se paga toda la indemnización pronto. Sin embargo, esta posibilidad no es totalmente descartable.

Juan Torroba Díaz
Juan Torroba Díaz

Soy abogado y desde el año 2006 me he especializado en el ámbito de la responsabilidad civil derivada de accidente de tráfico y los seguros. Tengo un Máster en Responsabilidad Civil y Seguro con nota sobresaliente.

Formo parte de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes.

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