¿Se puede aceptar la oferta motivada y seguir reclamando?

¿Se puede aceptar la oferta motivada y seguir reclamando?

Cuando la aseguradora de una víctima de un accidente de tráfico recibe una propuesta de indemnización por parte de la compañía contraria, esta parte tiene que tomar una importante decisión, que es si aceptar o no dicha propuesta.

Pero, ¿existe la posibilidad de aceptar la oferta motivada y continuar reclamando después? Esta es la cuestión que vamos a tratar en este artículo.

Puedo ayudarte

Soy abogado especialista en accidentes de tráfico. Si necesitas un abogado con amplia experiencia en reclamación de accidentes de tráfico, contacta conmigo e infórmate sin compromiso.

Contacta conmigo

¿Es posible aceptar la oferta motivada y seguir reclamando?

Sí, se puede aceptar la oferta motivada y continuar reclamando. Esta es una de las dos opciones ante una propuesta por parte de la compañía contraria que no termine de ser convincente.

La otra posibilidad es rechazar la reclamación, directamente, y seguir adelante con la reclamación.

¿Cuándo se debe aceptar la oferta motivada y seguir reclamando?

Ante la disconformidad con la oferta motivada, existen tres opciones que respaldan la posibilidad de aceptar la oferta y continuar con la reclamación:

  • Un informe forense del Instituto de Medicina Legal. Este es un derecho que corresponde al asegurado en función del artículo 7.5 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM). Al ser un informe emitido por un organismo oficial, se presume la objetividad del mismo, por lo que sus conclusiones son vinculantes. A pesar de ello, en la práctica es un trámite que rara vez da buenos resultados.
  • La mediación.
  • Aportación de un informe pericial de parte. En este caso la aseguradora cuenta con un mes de plazo para responder al mismo desde que lo recibe. Estos informes no son vinculantes.

5. En caso de disconformidad del perjudicado con la oferta motivada, las partes, de común acuerdo y a costa del asegurador, podrán pedir informes periciales complementarios, incluso al Instituto de Medicina Legal siempre que no hubiese intervenido previamente.

Esta misma solicitud al Instituto de Medicina Legal podrá realizarse por el lesionado aunque no tenga el acuerdo de la aseguradora, y con cargo a la misma. El Instituto de Medicina Legal que deba realizar el informe solicitará a la aseguradora que aporte los medios de prueba de los que disponga, entregando copia del informe pericial que emita a las partes.

Asimismo, el perjudicado también podrá solicitar informes periciales complementarios, sin necesidad de acuerdo del asegurador, siendo los mismos, en este caso, a su costa.

Esta solicitud de intervención pericial complementaria obligará al asegurador a efectuar una nueva oferta motivada en el plazo de un mes desde la entrega del informe pericial complementario, continuando interrumpido el plazo de prescripción para el ejercicio de las acciones judiciales. En todo caso, se reanudará desde que el perjudicado conociese el rechazo de solicitud por parte del asegurador de recabar nuevos informes.

Artículo 7.5 de la LRCSCVM

Este tipo de casos se suelen solucionar de forma amistosa. No obstante, hay ocasiones en las que la aseguradora de la parte que ocasionó el accidente sigue sin proponer una indemnización adecuada, y finalmente no queda más remedio que ir a los tribunales.

¿Qué otras opciones tiene el asegurado?

Resulta fundamental tener presente que en muchos casos no resulta muy  interesante solicitar al Instituto de Medicina legal para que realice un informe. Todo depende de las circunstancias que rodeen el caso.

Así pues, algunas indemnizaciones se deben resolver directamente en los tribunales. Para determinar lo más aconsejable en cada caso, resulta de vital importancia ponerse en manos de abogados expertos en indemnizaciones por accidente de tráfico. Contacte e infórmese sin compromiso.

Juan Torroba Díaz
Juan Torroba Díaz

Soy abogado y desde el año 2006 me he especializado en el ámbito de la responsabilidad civil derivada de accidente de tráfico y los seguros. Tengo un Máster en Responsabilidad Civil y Seguro con nota sobresaliente.

Formo parte de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes.

Contacta conmigoMás sobre mí

Concertar cita
Puedes llamarme al 951 08 92 10 o dejarme tu nombre y teléfono para que me ponga en contacto contigo.


    ¿Por qué deberías escogerme?
    Amplia experiencia
    Especialista en Accidentes
    Rápida respuesta
    Atención personalizada
    ¿Dónde encontrarme?
    C/ Pirandello 6, Portal 3, 5ª Planta, Oficina 5 29010 Málaga, Andalucía 951 08 92 10 contacto@juantorroba.es